María Alejandra Díaz responde a sanción del TSJ: «Violenta mi derecho al trabajo»

Política | noviembre 5, 2024 | 4:18 pm | .

La abogada constitucionalista María Alejandra Díaz rechazó este mismo martes, la multa que impuso el TSJ a través de la Sala Constitucional y la suspensión de su ejercicio profesional.

En un mensaje en su cuenta X, antes Twitter, Díaz quien en días pasados introdujo ante el máximo tribunal del país un recurso en el que se pedía ordenar al Consejo Nacional Electoral (CNE) la publicación de los resultados desagregados de las elecciones presidenciales del 28 de julio, tildó la sentencia como un abuso y una extralimitación.

«Es una clara advertencia al ejercicio libre de la política. Nuestra posición clara es la siguiente: 1. Es legal y constitucional el ejercicio de derechos. 2. Los accionantes no ofendieron ni generaron zozobra alguna sólo están pidiendo cumplir con las sentencias 31 de la Sala Electoral y 211 y 212 de la Sala Constitucional y sus criterios jurisprudenciales vinculantes».

3. Se extralimitan y es desproporcionada la sanción no sólo multa sino suspensión del ejercicio profesional, no existe ninguna disposición que la establezca (tipo), ni mucho menos tienen competencia para ello, sin respetar el debido proceso y mi derecho a la defensa.

«El ejercicio profesional es mi único modo de vida y actividad legal que genera el sustento de mi persona y mi familia licítamente, tales sanciones violentan el derecho al trabajo y al ejercicio libre de mi profesión dentro del estado de Derecho».

Enfatizó que no se debe aplicar ese tipo de sanciones a los profesionales del derecho que defienden el derecho y menos en sede constitucional.

«¿Quiénes querrán ahora defender causas de índole político y social como la actual, si pueden recibir éste tipo de penas?», cuestionó.

Más temprano este martes, el TSJ rechazó un recurso en el que se pedía ordenar al CNE la publicación de los resultados desagregados de las elecciones presidenciales.

En su página web, la Sala Constitucional declaró como inadmisible la acción de amparo interpuesta por el Frente Democrático Popular (FDP), una coalición del chavismo disidente que solicitó dicha publicación.

Asimismo, la sala impuso una multa a la abogada María Alejandra Díaz, quien asistió la solicitud de amparo, equivalente «a cien veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor, establecido por el BCV, por la conducta evidenciada en la presente decisión, de conformidad con lo establecido en el artículo 121 de la Ley Orgánica del TSJ».

El artículo 121 de dicha ley establece que se podrán imponer multas a «quienes irrespeten, ofendan o perturben con sus actuaciones al Poder Judicial, al Tribunal Supremo de Justicia, a sus órganos o funcionarios, o a quienes hagan uso abusivo de recursos o acciones judiciales».

El Supremo también ordenó al Tribunal Disciplinario del Colegio de Abogados que, de manera «perentoria», comience un «procedimiento disciplinario» contra Díaz, con el fin de aplicar «la sanción que corresponda», de acuerdo a la «gravedad de los presentes hechos».