TSJ rechazó revisar sentencia de resultados del 28J tras solicitud de Enrique Márquez

Política | octubre 11, 2024 | 4:10 pm | .

La Sala Constitucional del TSJ rechazó la solicitud de revisión de revisión presentada por el excandidato presidencial Enrique Márquez, Henry Falcón y Jesús Torrealba sobre sentencia de las elecciones del 28 de julio.

A través de una sentencia en su página web, destacó que la Sala Electoral posee la «autoridad» para investigar y verificar los resultados de los procesos electorales, y subrayó la relevancia del control jurisdiccional que, en última instancia, ejerce el TSJ sobre las acciones del CNE.

El máximo tribunal informó que el presidente del CNE, Elvis Amoroso junto a los demás rectores, compareció ante el Tribunal y presentó el material electoral correspondiente a las elecciones del 28 de julio. No obstante, destacó la ausencia del Rector Juan Carlos Delpino, quien «no ofreció justificación por su falta».

Los días 7, 8 y 9 de agosto, los treinta y ocho partidos políticos convocados comparecieron, de los cuales treinta y tres entregaron el material electoral requerido, incluyendo partidos como Primero Justicia, Acción Democrática, el Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV) y Voluntad Popular, entre otros.

Por otro lado, de los diez excandidatos citados, nueve asistieron. Sin embargo, se informó que los partidos La Alianza del Lápiz y Partidos Centrados en la Gente, así como los excandidatos Antonio Ecarri y Enrique Márquez, no presentaron el material exigido: lo que constituye un desacato a la autoridad judicial.

Además, explica que Manuel Rosales, representante de Un Nuevo Tiempo (UNT), José Luis Cartaya, de la Mesa de la Unidad Democrática (MUD) y José Simón Calzadilla, de Movimiento por Venezuela (MPV), «no consignaron material electoral alguno», argumentando que no poseen ningún tipo de documentación referida a este proceso electoral.

El TSJ decidió que todo el material electoral recibido se «mantenga en resguardo bajo la custodia de la Sala Electoral, reafirmando su compromiso con la transparencia y la legalidad del proceso electoral».

Informe de observadores y resultado de las elecciones

Por otra parte, detalló que el informe presentado el 20 de agosto de 2024 por expertos nacionales e internacionales, que analizó a fondo el material electoral, «confirmó que los boletines emitidos por el Consejo Nacional Electoral estaban debidamente respaldados y coincidían plenamente con los registros de los centros de totalización».

La Sala Electoral del TSJ, con base en este peritaje concluyente y la verificación del material electoral, declaró «con lugar» el recurso contencioso y certificó de forma «inobjetable» la validez de los resultados electorales. Así, se reafirmó la elección de Nicolás Maduro Moros como presidente de Venezuela para el período constitucional 2025-2031.

Por tanto, el TSJ exhortó al CNE a la publicación oficial de los resultados definitivos en la Gaceta Electoral dentro de los próximos treinta días, según lo estipulado en la Ley Orgánica de Procesos Electorales.