Chavismo disidente pidió al TSJ que ordene al CNE publicar resultados electorales
A tres meses de realizadas las elecciones presidenciales, este miércoles 30 de octubre, integrantes del Frente Democrático Popular (FDP) introdujeron ante el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), un recurso de amparo constitucional «por la abstención, omisión o carencia» en la que incurrió el Consejo Nacional Electoral (CNE) al no haber publicado los resultados del 28-J.
La iniciativa fue rubricada por la abogada María Alejandra Díaz, el economista Andrés Giussepe, el exalcalde de Caracas, Juan Barreto, el coordinador nacional del Bloque Histórico Popular, José Luis Ibrahim Esté y los dirigentes del Partido Comunista de Venezuela, Oscar Figuera, Yul Jabour y Carlos Ojeda Falcón.
En la exposición de motivos, los activistas del FDP afirmaron que «la no publicación de los resultados de las elecciones es una clara violación del artículo 155 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre) y su Reglamento General»; así como a la reciente sentencia de la Sala Electoral del pasado mes de agosto, que exhortó al CNE a publicar los resultados del proceso electoral.
Sobre la pertinencia de exigir los resultados desagregados, los solicitantes del amparo recordaron que existe jurisprudencia: En 2005, la Sala Constitucional del TSJ estableció que el CNE tiene el deber de «presentar una relación tabulada, de cada una de las Actas de Escrutinio que fueron incluidas en la respectiva Totalización, a los fines de que el acto electoral cumpla con el presupuesto fáctico que permita determinar la proclamación de un candidato».
Los siete puntos del petitorio del FDP al TSJ
El FDP presentó un petitorio de siete puntos. En primer lugar se solicitó que se declare con lugar el recurso de amparo constitucional. El resto de las exigencias son:
Que se ordene al CNE la inmediata publicación de los resultados desagregados de las elecciones electorales presidenciales, bajo esquemas de transparencia esenciales para brindar legitimidad al proceso electoral y proteger el derecho al sufragio.
Que se garanticen mecanismos de auditoría abiertos al público y a los partidos políticos y se ordene la apertura de la totalidad de las cajas que contienen los comprobantes del voto electrónico y se haga en presencia de testigos de los distintos partidos políticos y candidatos así como de expertos internacionales y ciudadanos a los fines de cumplir con el derecho inalienable de la verificación participación y protagonismo del pueblo en los asuntos públicos.
Que se reconozca que la omisión del CNE al no cumplir con su deber de publicar los resultados vulnera no solo el derecho a la información de los ciudadanos, sino también el principio de soberanía popular y el carácter vinculante de los procesos electorales, afectando la confianza pública en el sistema electoral venezolano.
Que se exhorte al CNE a establecer mecanismos adecuados y permanentes de transparencia en la publicación de resultados electorales, conforme a los estándares internacionales.
Que se ordene al CNE la entrega formal de resultados del 28J a los partidos políticos e interesados que participaron en la contienda de manera digital: en pendrive, CD-Room e impreso en Gaceta Electoral de manera inmediata.
Que se sancione a los responsables de dicha omisión conforme a lo dispuesto en la legislación electoral y constitucional venezolana, y se tomen las medidas necesarias para evitar futuras violaciones a los derechos electorales de los ciudadanos.
Con información de NP