TSJ viola garantías procesales al no responder a demanda de MCM: Acceso a la Justicia

Política | enero 11, 2024 | 1:13 pm | .

La ONG Acceso a la Justicia denunció este jueves que la Sala Político Administrativa viola las garantías procesales al no pronunciarse oportunamente sobre la admisibilidad de la demandan que presentó María Corina Machado contra su supuesta inhabilitación por parte de la Controlaría General de la República.

En un mensaje en su cuenta X, antes Twitter, la ONG condenó que a casi un mes de la presentación de la demanda que Machado, candidata presidencial de la oposición democrática, realizó ante la Sala Político Administrativa del TSJ contra la actuación de la CGR que la inhabilita políticamente, la SPA aún no se pronuncia sobre su admisibilidad.

Fue el 15 de diciembre cuando Machado presentó a la SPA una demanda de reclamación junto con amparo cautelar contra vía de hecho de la Contraloría que pretende inhabilitarla. Para la dirigente la inhabilitación no existe, por eso se trata de una vía de hecho, aclaró.

Refirió al artículo 77 de la legislación contencioso administrativa (LOJCA), que establece que una vez recibida la acción, la Sala Político Administrativa tiene 3 días de despacho (días de la semana en los que la Sala efectivamente recibe casos o los tramita) para informar si admite o no la demanda.

«Sin embargo, esta disposición legal no se cumplió. De hecho, la SPA en decisión del 19 de diciembre inventó un lapso de 3 días continuos para que la Contraloría remitiera los antecedentes administrativos relativos a la inhabilitación de Machado».

El artículo 79 de la LOJCA indica que la solicitud del expediente administrativo o de los antecedentes administrativos del asunto se realiza después de admitida la demanda, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación de la admisión.

Por tanto, Acceso a la Justicia reprochó que esta modificación arbitraria de las reglas procesales por parte de la SPA representa una violación al ejercicio del derecho de acceso a los órganos judiciales, toda vez que fija «obstáculos caprichosos para dilatar la fase de admisión de la demanda».

«Con este proceder, la Sala Político Administrativa lesiona la tutela judicial efectiva y los derechos al debido proceso y a la defensa, aparte que carece de elementales atributos como la independencia e imparcialidad, quedando las garantías procesales de los justiciables relegadas».