TSJ suspende efectos de elecciones del Colegio de Abogados de Carabobo
Este miércoles, la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ordenó la suspensión de efectos de todas las fases del proceso electoral en el Colegio de Abogados del estado Carabobo.
De acuerdo a lo establecido en la sentencia 124 de la mencionada sala, publicada en la página web del máximo tribunal, quedó sin efecto la elección del pasado 3 de febrero de 2023, y además, designó una junta directiva Ad Hoc presidida por Erwin Fernández Zerpa.
La Sala declaró que, admitió el recurso contencioso electoral interpuesto por los abogados Roymar Armas Graterol y Gianni Egidio Piva Torres, en cuanto a que se desconoció el derecho de todos los abogados de estar informados sobre el proceso electoral de dicho colegio.
«Procedente el amparo cautelar, en consecuencia, se ordena la suspensión de efectos de todas las partes del proceso electoral que se hayan desarrollado en el seno del Colegio de Abogados del Estado Carabobo, incluido el evento electoral del 3 de febrero, quedando suspendida también el acta de totalización, adjudicación y proclamación del proceso».
Ordenó la suspensión de la junta directiva que resultó electa en el referido proceso electoral, y en su lugar designa como Junta Directiva Ad Hoc del Colegio de Abogados del Estado Carabobo a los siguientes agremiados: presidente, Erwin Gerardo Fernández Zerpa; vicepresidente, Williams de Jesús Latuf Rodríguez; secretario, César Julio Centeno Ramírez; tesorero, Gustavo Alberto Guevara Morales; y bibliotecario, Ramón Antonio Navas Martínez; «quienes deberán instalarse de manera inmediata, para ejercer sus respectivos cargos, ejecutando solo actos de simple administración, hasta que se dicte la decisión definitiva en la presente causa. Así se decide».
TSJ admite amparo de Brito, suspende efectos de la Primaria y pide documentos
Elpasado lunes 30 de octubre, se conoció una sentencia de la Sala Electoral del TSJ (TSJ) que declaró su competencia para conocer un recurso impuesto por José Brito en contra de la Primaria del 22 de octubre: ordenó suspender lo efectos de sus distintas fases y pidió informes y documentos del proceso.
De acuerdo a lo expuesto en la sentencia 122, el TSJ admitió el recurso contencioso electoral emitido por José Brito, diputado de la AN chavista, perteneciente a la Alianza Democrática que lideró la judicialización de los partidos de la oposición democrática en 2020.
El documento describe que Brito «en su carácter de aspirante a participar en las elecciones de las primarias del 22 de octubre, asistido por el abogado Orlando Javier Sarti Montiel, interpuso recurso contencioso electoral con amparo cautelar contra los actos inconstitucionales e ilegales de la CNP, que realizó el proceso electoral de primaria el pasado 22 de octubre, para elegir al candidato o candidata presidencial de las elecciones presidenciales de 2024».
La decisión señala que “se suspenden todos los efectos de las distintas fases del proceso electoral conducido por la Comisión Nacional de Primarias”.
Ordenó a la CNdP remitir los antecedentes administrativos de las fases del proceso electoral, incluyendo la convocatoria, constitución como Comisión Electoral, Cronograma Electoral, Registro Electoral, Postulaciones y el Acta de Aceptación de la Postulación.
La CNdP también deberá enviar las Actas de Postulación formulada por la candidata ganadora de las primarias María Corina Machado (quien está inhabilitada). Además, el TSJ ordenó remitir las renuncias de los candidatos Henrique Capriles Radonski y Freddy Superlano, ambos inhabilitados por 15 y siete años respectivamente.