OFAC autoriza a Conviasa repatriar venezolanos desde cualquier país americano
Este jueves, la Oficina de Control de Activos Extranjeros del Departamento del Tesoro de Estados Unidos (OFAC) autorizó a la aerolínea estatal venezolana Conviasa a realizar vuelos de repatriación de migrantes venezolanos desde cualquier país del hemisferio occidental.
Según el comunicado de la OFAC, todas las demás restricciones impuestas por Estados Unidos a Venezuela siguen vigentes.
La licencia específica que Conviasa y cualquiera de sus filiales donde la empresa tenga 50 % o más de participación puede realizar operaciones de transporte sin restricciones exclusivamente con fines de repatriación, tanto en Estados Unidos como en otros destinos.
Además, la licencia incluyó el mantenimiento general o reparación de las aeronaves bloqueadas incluidas en la lista emitida por el Departamento de Estado.
«Todas las transacciones normalmente incidente y necesario para la repatriación de ciudadanos venezolanos desde jurisdicciones no estadounidenses en el Hemisferio Occidental a Venezuela, y que son exclusivamente para los fines de dicha repatriación, involucrando al Consorcio Venezolano de Industrias Aeronáuticas y Servicios Aéreos», quedaron autorizadas.
También quedaron avaladas «todas las transacciones normalmente incidente y necesario para vuelos no comerciales entre países fuera de Estados Unidos, jurisdicciones en el hemisferio occidental y Venezuela de las aeronaves bloqueadas».
En el caso de PDVSA, la licencia 8M autoriza a la petrolera estatal el «mantenimiento limitado de operaciones esenciales». Este permiso involucra a las empresas de servicios Halliburton, Schlumberger, Baker Hughes y Weatherford.
De acuerdo con el documento de la OFAC, se autorizan «transacciones y actividades necesarias para la seguridad o la preservación de activos en Venezuela» así como también relacionadas a la participación en reuniones de accionistas y directorios; realizar pagos en facturas de terceros por transacciones y actividades autorizadas.
«Los procesos que estuvieran vigentes antes del 26 de julio de 2019, son autorizados hasta las 12:01 am del 16 de mayo de 2024, para las entidades cubiertas», añadió.
Por otra parte, no se autoriza la perforación, levantamiento, procesamiento, compra o venta, o transporte o envío de cualquier petróleo o productos derivados de origen venezolano; el diseño, construcción, instalación, reparación o mejora de cualquier pozo u otras instalaciones o infraestructura en Venezuela o la compra o provisión de cualquier bien o servicio, excepto cuando sea necesario por motivos de seguridad.
Se permitirá a PDVSA las transacciones y actividades necesarias para la seguridad o la preservación de activos en Venezuela pendientes antes del 21 de abril de 2020, siempre que dicha actividad fuera autorizada en el momento en que ocurrió; pago de impuestos locales y compra de servicios públicos en Venezuela; y pago de salarios a empleados y contratistas en Venezuela.