Reglamento de la Primaria

Opinión | octubre 22, 2022 | 6:26 am.

A la memoria de Francisco José Virtuoso, S.J., compañero en la ruta de la fe y en la ruta de la recuperación de la libertad y la democracia

Aunque sea difícil sostener el optimismo – sobre todo al considerar la situación de lo que llamamos la oposición democrática –  hay que hacer el esfuerzo. Sobre todo ahora que finalmente ha circulado un documento que contiene las normas y reglamento de la primaria.

Resumen del Reglamento

El documento en sí es posiblemente anodino; no creo que tenga nada que no esperáramos o que sea especialmente grave; contiene muchas cosas obvias, cientos de detalles, como en cualquier reglamento, algunas partes farragosas, también como cualquier reglamento; pero no es mi idea extenderme en la crítica, tarea para la que se presta éste y cualquier documento; eso lo dejo a otros; solo resumiré y comentare lo que considero más importante. Entre los aspectos que resumo y resalto, sin que el orden signifique importancia, están:

·  Cualquiera, que sea demostradamente opositor, mayor de 30 años y seglar, puede ser candidato. Declaración que se dice fácil y que es insuperablemente democrática, pero que no resuelve el “cómo” se logrará eso; pero eso tampoco es materia de un Reglamento

·  Toda organización política puede presentar un candidato y éstos también lo podrán hacer por iniciativa propia, con un determinado número de firmas de apoyo.

·  Todo mayor de 18 años, obviamente, podrá votar, siempre que esté inscrito en el registro electoral. Aquí está el primer problema, por el retraso del registro y además porque no hay garantía de que el CNE lo actualizará, depurará y corregirá.

·  En todo momento la Comisión de Primaria (CP) procurará mantener el secreto y garantizar la seguridad, la confidencialidad de los votantes y el resguardo seguro de los cuadernos de votación. En ninguna parte dice cómo, pero bien sabemos por experiencias anteriores, como la primaria del 2012, que los cuadernos con las firmas y nombres de los votantes fueron destruidos, cuando el régimen, a través del TSJ, trató de obtenerlos.

·  Todos los participantes aceptarán este Reglamento como la norma que rige el proceso y se comprometen a reconocer y apoyar a quien resulte ganador.

· Todo candidato suscribirá una declaración de principios democráticos, que le presentará la CP e igualmente un Programa Mínimo de Gobierno. Obviamente, pues se trata que el candidato sea el de la oposición democrática, que significa un compromiso compartido, no individual

· La campaña electoral se regirá por normas de igualdad, respeto, austeridad y equilibrio y desde luego, todo candidato mantendrá una conducta enmarcada en principios y valores democráticos y de competencia leal, evitando caer en ofensas o conductas que violen la dignidad de los demás candidatos

·  Todo candidato se compromete, de manera voluntaria (?) a contribuir con los costos del proceso, de acuerdo a lo que establezca la CP. Aun crípticamente y poco claro dicho, ya sabemos que esta condición “eliminará” algunos candidatos que han manifestado su desacuerdo con la disposición, que les parece discriminatoria (?)

Pero tan importante como lo que dice, es lo que no dice el reglamento. Deja fuera los puntos más espinosos y conflictivos, que no están para nada resueltos y que no está muy claro quién los resolverá, si será la Plataforma Unitaria o si se los dejarán a la Comisión de la Primaria, que tal parece es la intención. Algunos de estos puntos son:

La fecha del evento

·  En ninguna parte menciona la fecha del evento. No era de esperarse que el reglamento determinará una fecha de manera precisa, pero al menos podía haber dado algún indicio. El Reglamento alude a que, en el momento de convocar la Primaria, publicará el cronograma y anunciará la fecha de la elección. Pienso que podríamos esperar que la fecha se anuncie cuando se haga la presentación formal de este Reglamento, sin más demoras, la fecha que se ha rumorado −hacia finales de junio de 2023− ya es demasiado tardía. No debería pasar del primer trimestre del próximo año la fecha para decidir este tema, si no, se le está dando una ventaja excesiva, al régimen, que ya tiene suficientes ventajas de las cuales se aprovecha y abusa. Pero, volveré más adelante con el impacto político que tiene el que no se haya definido aún la fecha para escoger el candidato opositor

Una o dos vueltas

· Tampoco dice nada de si la decisión del candidato se tomará en una vuelta o si − buscando que el candidato seleccionado tenga el mayor consenso posible− se realizará en dos vueltas, en el caso que ningún aspirante saque en la primera más del 50% de los votos. El reglamento parece liquidar limpiamente esa posibilidad cuando afirma que será: “…el candidato presidencial unitario quien obtenga mayoría de votos.” (Art. 2) Al parecer se acaba la discusión sobre costos, sobre cómo lograr que el candidato tenga el mayor consenso posible, etc.; liquidando de esa manera el tema y la discusión de alternativas posibles, que las hay.

Una ONG había hablado de una fórmula que permitiría realizar ambas vueltas en un solo momento electoral, haciendo que el elector vote por más de un candidato y sumando todos sus votos, como primera, segunda o tercera opción, en caso de que nadie obtuviera más de la mitad de los votos; con base en esa sumatoria se podría hacer una clasificación de los candidatos. Esta fórmula, o una similar, hubiera permitido bajar costos de una segunda vuelta y lograr un consenso mayor.

La apuesta ahora, cosa que es verosímil, por historias de primarias pasadas, es que −como siempre− la gente “juegue a ganador” y elijamos por una amplia mayoría a un candidato unitario; pero es una apuesta.

La votación en el exterior

· Quizás lo que algunos más echan de menos en el reglamento es lo relativo a la votación de los venezolanos en el exterior. La única alusión al tema está en un solo artículo cuando señala el Reglamento: “la CP …promoverá los mecanismos viables a los efectos de la participación de los electores en el exterior” (Art. 5). Como dice un amigo, se despacharon a “…7 millones de venezolanos en un solo renglón”.

No necesito repetir mi escepticismo con el voto de los venezolanos en el exterior, dadas las enormes dificultades para ubicarlos, para registrarlos, para animarlos a votar, etc. Estas dificultades las he analizado en un varios artículos recientes ; y también, en uno de ellos, Primarias Opositoras afirmé que si existe la voluntad y el acuerdo entre los candidatos, hay experiencias con recolección de firmas y otras actividades en el exterior, que permiten afirmar que es posible movilizar a los venezolanos para hacer un “registro” de votantes en el exterior y que pudieran votar, al menos en la primaria, con solo presentar su cédula o pasaporte y también se podría promover, en muchas ciudades del mundo, el voto electrónico remoto.

Queda aún una leve esperanza que la CP, con base en el artículo cinco del Reglamento y haciendo uso de sus atribuciones, promueva la participación y voto de los venezolanos en el exterior, como señalé más arriba, con cedula o pasaporte, aun cuando no figuren en el registro electoral del CNE.

Con o sin CNE

· Y el último punto al que haré referencia en cuanto a las omisiones del Reglamento es el relativo a la participación del CNE en el proceso. Bien sabemos que el tema es un “espanta brujas”, su sola mención enfurece a una buena parte de los electores de oposición, que al escucharlo se cierran a los argumentos de costos, mayor participación, etc. Como en los otros puntos mencionados, sobre este punto el Reglamento no dice tampoco nada de manera directa; pero en uno de sus artículos deja entrever, de una forma muy sutil, la posibilidad de esa participación, cuando señala que: “…En caso de que la votación sea manual, las boletas electorales tendrán en su reverso un mecanismo de seguridad para evitar su falsificación.” (Subrayado mío)

Es obvio que si la votación no es manual, si es electrónica, o con máquinas de votación, en este segundo caso, es imprescindible la participación del CNE. Tampoco escandalizaré a nadie, pues no es algo nuevo, decir que estoy en favor de la participación del CNE, regido y controlado todo el proceso por la CP, que permitiría bajar costos e incrementar las posibilidades de participación. Con la salvedad de que no sería necesario el CNE para la votación en la primaria de los venezolanos en el exterior, como afirme en el artículo mencionado más arriba.

Elaboración y divulgación del Reglamento

Pero creo que, política y motivacionalmente hablando, lo grave, según algunos, es, primero, la forma en que se dio a conocer el Reglamento −en lo oscuro, por trastienda, gracias a una “infidencia” −; y segundo, más grave aún, según otros, es la forma en que se elaboró; dicen que sin consultas y sin tomar en cuenta las opiniones de muchos −por ejemplo, los pre candidatos−, que se sentían con derecho a ser consultados.

Ciertamente, eso siempre ocurre con este tipo de documentos, pues es realmente difícil elaborar un reglamento como éste en una especie de comité multitudinario, pues es imposible complacer a todos, mejor dicho, casi que a ninguno. Ya sé que eso no es excusa para los que sostienen que el Reglamento debió ser ampliamente consultado, pero es así, tal como lo describí, en mi opinión y con base a mi experiencia y en cualquier caso no me voy a desgastar en convencer a nadie o en justificar mi afirmación.

Conclusión

En síntesis, el reglamento, aunque tiene cola y lamentablemente no parece que vaya a contribuir a mejorar los ánimos, bien por el disgusto que ha causado en algunos y la apatía con la que fue recibido por la mayoría, al menos es un material sobre el que se puede discutir y nos coloca más cerca de una fecha para tomar la decisión acerca de cómo designar y quien será el candidato unitario.

Politólogo

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