¿Qué sigue sobre la investigación en la CPI en 2022?
El Centro de Justicia y Paz, Cepaz elaboró un informe donde explica a la ciudadanía en general qué falta por resolver en la investigación sobre Venezuela en la CPI, y que esperar de este proceso en el 2022: seguirá evaluando si hay justicia en el país.
«El 2.022 comienza con una esperanza renovada por parte de las víctimas de crímenes de lesa humanidad en el país y estará marcado por una discusión profunda por parte de la sociedad civil y la comunidad internacional sobre el futuro de la investigación y las implicaciones que esto tendrá en el panorama venezolano. A continuación se presentan algunos de los puntos mas importante a tener en consideración a medida que avance la investigación durante este año», suscribe el informe enviado a ND vía correo electrónico.
– Información sobre los parámetros de la apertura de la investigación: Si bien en el 2021 se obtuvo la importante decisión de la apertura de la investigación, aún se desconocen los detalles sobre los parámetros dentro de los cuales la Fiscalía de la Corte creará su estrategia de investigación.
– La aplicación del principio de complementariedad seguirá siendo sujeto de análisis y discusión: El sistema del Estatuto de Roma no tiene como objetivo el sustituir a los tribunales domésticos por la competencia de la CPI, por lo cual establece la prioridad o primacía de la jurisdicción nacional. Debido a esto, la jurisdicción de la Corte es complementaria de las jurisdicciones nacionales y sólo puede actuar cuando el Estado no puede o no está dispuesto a juzgar a los responsables de los crímenes del Estatuto de Roma.
El trabajo que realiza la oficina de la fiscalía de la CPI tiene que resguardar siempre el balance entre respetar el normal funcionamiento de los sistemas nacionales para juzgar y sancionar a los responsables de los crímenes y, al mismo tiempo, cumplir con la misión de que los crímenes que conciernen a la comunidad internacional en su conjunto no queden en la impunidad. Este principio de complementariedad no se analiza exclusivamente durante el examen preliminar, sino que es transversal a todo el proceso. Esto implica que durante el 2022, y a medida que progrese la investigación, la Fiscalía continuará evaluando si el sistema judicial venezolano tiene la capacidad de investigar y juzgar a responsables de los crímenes de lesa humanidad cometidos y si, en efecto, están llevando a cabo juicios auténticos.
En este sentido, el memorándum de entendimiento entre la Fiscalía de la CPI y el Gobierno venezolano manifiesta el apoyo a las reformas judiciales necesarias para que se lleven a cabo juicios válidos en virtud del principio de complementariedad. Las organizaciones de la sociedad civil han alertado que las decisiones tomadas en algunos casos emblemáticos para avanzar en los procesos penales a nivel nacional no satisfacen los estándares internacionales para la investigación y enjuiciamiento de crímenes de lesa humanidad. Ya que no se imputaban delitos de gravedad suficiente y no se investigaba a las cadenas de mando, y que se requieren cambios estructurales en el Poder Judicial para que se cumplan los estándares mínimos necesarios para poder llevar a cabo este tipo de procesos. Esto ha sido confirmado también por la Misión de Determinación de Hechos sobre Venezuela en su último informe de septiembre de 2021.
Como consecuencia de este principio de complementariedad que es transversal a todo el proceso, existen dos recursos específicos que pueden ser intentados por el Estado, o cuando ya se tenga individualizado un presunto responsable por esto, para que se haga una revisión de la admisibilidad de la situación o el caso. Estos recursos están contemplados en los artículos 18 y 19 del Estatuto y pueden ser intentados en distintos momentos de la investigación.
Con respecto al artículo 18 del Estatuto de Roma, el Estado tenía un plazo de 30 días contados a partir de la notificación de la apertura de la investigación para solicitar su aplicación, justificando la existencia de procedimientos válidos internos sobre los hechos que caerían dentro de la investigación de la Corte. Sin embargo, hasta el momento no se ha hecho público si el Gobierno venezolano ejerció dicho recurso, sobre lo cual se tendría información en los próximos meses.
– Actividades de la Fiscalía, recolección de elementos probatorios y obligación de cooperar: El pase a la investigación permitirá a la Fiscalía emplear sus recursos para obtener diversos elementos probatorios sobre los crímenes de lesa humanidad ocurridos en el país. Durante esta fase, la Oficina del Fiscal reúne y examina pruebas, interroga a personas investigadas y a víctimas y testigos, con el fin de encontrar pruebas de la comisión de crímenes de lesa humanidad y de identificar a posibles sospechosos.
Al estar avanzada la investigación, la Fiscalía podrá también determinar si existen motivos para formular cargos contra personas específicas que tengan responsabilidad individual en los crímenes de lesa humanidad bajo investigación. De ser el caso, solicitaría a la Sala de Cuestiones Preliminares que se emitan órdenes de comparecencia o de arresto.
En el desarrollo de la investigación, Venezuela tiene la obligación de cooperar con la oficina de la Fiscalía de la Corte. En principio, tiene el deber general de cooperar en relación con la investigación y el enjuiciamiento de crímenes de competencia de ésta de acuerdo a lo estipulado en el artículo 86 del Estatuto, el cual establece que “los Estados Partes, de conformidad con lo dispuesto en el presente Estatuto, cooperarán plenamente con la Corte en relación con la investigación y el enjuiciamiento de crímenes de su competencia”.
Durante su última intervención sobre Venezuela, en diciembre de 2021, el Fiscal recordó que la complementariedad es un aspecto clave y una base fundamental del sistema del Estatuto de Roma por lo cual su oficina hará los esfuerzos necesarios para asegurar la cooperación del Estado en el marco de la investigación. La cooperación del Estado puede resultar esencial para la obtención de pruebas o la entrega de personas. Es importante también mencionar que, ante la situación venezolana, no sólo Venezuela sino todos los otros Estados parte tienen la obligación de cooperar con la Corte en la detención y entrega de personas, así como las distintas formas de asistencia judicial previstas en el Estatuto. Además de solicitar la cooperación y asistencia de los Estados y las organizaciones internacionales, la Fiscalía también puede enviar investigadores al terreno con la invitación del Estado. El Fiscal ya ha afirmado su intención de que su equipo pueda visitar el país en el transcurso de este año.