TSJ en el exilio respalda continuidad del Gobierno interino
El TSJ en el exilio anunció el miércoles 15 de diciembre su respaldo a la continuidad de la AN electa en 2015 y del Gobierno interino presidido por Juan Guaidó ya que así lo dictamina el artículo 233 de la Constitución.
«En correcta interpretación del artículo 233 de la Constitución de Venezuela, el actual presidente de la Asamblea Nacional Ing. Juan Gerardo Guaidó Márquez tiene el deber constitucional de separarse de sus atribuciones como parlamentario y asumir la Presidencia Encargada de la República, hasta la pronta convocatoria a un proceso electoral auténtico, libre y justo, en donde se elija a través del voto universal, directo y secreto a un nuevo Presidente Constitucional de la República», señala una sentencia.
El decreto también dicta la continuidad de los parlamentarios electos el 6 de diciembre del año 2015 además de la Junta Directiva de ese parlamento, presidida por Guaidó.
Advierten que de cesar el próximo cinco de enero de 2022 la AN/2015, se traduciría «en una grave alteración del principio de continuidad administrativa del Poder Legislativo de Venezuela».
Por ende, solicitaron que «se extienda en el ámbito temporal los efectos de la referida sentencia del tres de diciembre de 2020 en el entendido de que a partir del 6 de enero de 2020, continuarán en el ejercicio de sus funciones la totalidad de la directiva del organismo en pleno y de todas las comisiones designadas en el período 2020-2021, en aras de mantener el ejercicio de sus atribuciones, hasta tanto la Asamblea Nacional decida lo conducente en los términos a que se refiere el artículo 194 de la Constitución de la República y el Reglamento de Interior y Debate de la Asamblea Nacional».