CNE aprueba normativa de campaña electoral que inicia el 28O hasta el 18N

Política | octubre 19, 2021 | 6:28 pm | .

El Consejo Nacional Electoral (CNE) aprobó este martes la normativa de la campaña electoral rumbo a los comicios del 21 de noviembre, la cual comienza el 28 de octubre y se desarrollará hasta el 18 de noviembre.

“El CNE aprobó la Normativa Específica sobre Campaña y Propaganda Electoral para las Elecciones Regionales y Municipales 2021. Este documento regula las actividades desarrolladas por los candidatos, organizaciones con fines políticos y organizaciones indígenas participantes. La normativa establece que el lapso de la Campaña Electoral para las Elecciones Regionales y Municipales 2021 inicia a partir de las 6:00 de la mañana del 28 de octubre y concluye a las 12:00 de la noche del 18 de noviembre de 2021”, indicó el órgano electoral en su cuenta Twitter.

En torno al coronavirus, señalan que “los actos y actividades de campaña que impliquen reuniones públicas o manifestaciones se sujetarán a las disposiciones administrativas previstas para la lucha contra la pandemia por Covid-19”.

“Sobre las normas para la contratación de propaganda, podrán contratar la difusión a través de los prestadores de servicio de TV pública y/o privada por señal abierta nacionales o regionales, durante un tiempo máximo de 3 minutos diarios (no acumulables) por prestador de servicio. De igual manera, los participantes en las elecciones Regionales y Municipales 2021, podrán contratar propaganda electoral ante los prestadores de servicio por suscripción, en un tiempo máximo de 3 minutos no acumulables por cada canal incluido en su oferta total de canales”, agregan.

Asimismo, podrán contratar la propaganda electoral “en los prestadores de servicio de radiodifusión sonora en el ámbito nacional y regional durante un tiempo máximo de 4 minutos diarios no acumulables por prestador de servicios. Igualmente, podrán contratar espacios para propaganda en periódicos de circulación nacional, regional o local hasta media página diaria en los medios impresos de tamaño estándar y hasta una página diaria no acumulable en tabloide. También podrán contratar propaganda a través de operadores de telecomunicaciones que ofrezcan la facilidad de mensajería de texto, hasta un mensaje de texto diario no acumulable”.

“En cuanto a las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC), la propaganda electoral debe ser difundida con apego a las normas y principios establecidos en la Ley Orgánica de Procesos Electorales. De igual manera, el CNE llevará un registro de las cuentas de redes sociales y sitios web oficiales, los cuales deberán ser suministrados por las candidatas, los candidatos, las organizaciones con fines políticos y las alianzas, así como las organizaciones y comunidades indígenas”, afirman.

Finalmente, desde el CNE reiteran que la LOPRE “define la campaña electoral como las actividades de carácter público desarrolladas por los candidatos, organizaciones con fines políticos y grupos de electores, que tengan como propósito captar, estimular o persuadir al electorado para que vote a favor de un candidato. Este instrumento legal contiene las acciones permitidas y no permitidas a los distintos actores de la contienda electoral, así como los mecanismos de seguimiento, denuncia y averiguaciones sobre las faltas o violaciones a la normativa”.