Tribunal de Justicia de la UE falla a favor de que Venezuela pueda apelar el dictamen de sanciones
Este marte el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, ubicado en Luxemburgo, falló a favor de que Venezuela pueda impugnar el reglamento en el cual la Unión Europea detalla sanciones en contra del país.
De esta manera, queda sin efecto la sentencia previa del Tribunal General en el cual se le negaba al país sudamericano el poder apelar las sanciones impuestas por el bloque europeo desde el año 2017, cuando fueron dictaminadas una serie de medidas, entre las que se encuentran la prohibición de viajar a los países europeos y la congelación de activos a 18 personeros gubernamentales.
Estas medidas se tomaron para intentar que se dieran soluciones democráticas a la crisis existente en el país. En febrero de 2018, Venezuela presentó un recurso de anulación que fue desestimado por el Tribunal General al considerar que no existían elementos probatorios que demostraran que dichas sanciones les hubieran causado algún efecto personal.
Luego de eso, el gobierno de Nicolás Maduro solicitó la extensión de la anulación hacia otros dos reglamentos adoptados por el Consejo para prorrogar las sanciones. Sin embargo, en septiembre de 2019 el Tribunal General de la Unión Europea (UE) desechó la demanda venezolana por considerar que no era competentes para actuar legalmente contra medidas restrictivas adoptadas por la UE y porque Venezuela no demostró que las sanciones la hubieran afectado directamente.
En el fallo anunciado este martes, el Tjue señaló que «el Tribunal General incurrió en error de Derecho al considerar que las medidas restrictivas en cuestión no surtían efectos directamente en la situación jurídica de Venezuela». Esas medidas adoptadas «impedían a Venezuela procurarse numerosos bienes y servicios. El Tjue deduce de ello que estas disposiciones surten efectos directamente en la situación jurídica de dicho Estado», apuntó la corte.
Con esta nueva sentencia, el Tribunal de Justicia indica que a Venezuela se le debe dar un trato de «persona jurídica» y que puede apelar el dictamen de las sanciones.
Con información de El País