TSJ/ANC declara nula la continuidad de la AN tras recurso interpuesto por diputados opositores disidentes
La Sala Constitucional del TSJ/ANC declaró nula la extensión de la continuidad de la AN que preside el líder opositor Juan Guaidó, luego que los parlamentarios Chaim Bucarán, Franklin Duarte, Conrado Perez, señalados de ser «diputados alacranes», interpusiera un recurso.
Además de estos legisladores, los parlamentarios Oscar Adolfo Ronderos Rangel, Ezequiel Eligio Pérez Roa, Guillermo Antonio Luces Osorio, José Antonio España Márquez, Kerrins José Mavarez Medina, José Gregorio Aparicio Figueroa, Williams Alexander Gil Linares, Arkiely Evony Perfecto Gamero y Richard Eloy Arteaga Blakma acompañaron el recurso.
El Tribunal Supremo oficialista alegó la nulidad por «colidir con la Constitución de Venezuela».
La sentencia 0274-2020 con ponencia del magistrado Juan José Mendoza Jover, declara además «írrita y carente de validez y eficacia jurídica cualquier actuación realizada por los diputados que hoy usurpan las funciones de la Junta Directiva del Órgano Legislativo Nacional, con el propósito de perpetuar, extender, continuar o prorrogar con la investidura o la condición de diputados o diputadas a la Asamblea Nacional de aquellos ciudadanos que lo fueron para el periodo legislativo nacional por fenecer y con ello atentar o menoscabar la instalación de los diputados y diputadas a la Asamblea Nacional para el nuevo período constitucional 2021 – 2026, a iniciarse el próximo 05 de enero de 2021».
Igualmente, el fallo de la Sala Constitucional indica el asalto al estado de Derecho y a todos los poderes públicos por parte de un grupo de diputados a la Asamblea Nacional, órgano que se encuentra en desacato y cuyos actos son absolutamente nulos.
Asimismo ordenaron al Ministerio Público que investigue penalmente «la presunta materialización de conductas constitutivas de tipos delictivos contemplados en la Constitución y en la ley» por este hecho.
Por último ratificaron que cualquier actuación de la Asamblea Nacional y de cualquier órgano o individuo «en contra de lo aquí decidido será nula y carente de toda validez y eficacia jurídica, sin menoscabo de las responsabilidades a que hubiere lugar», y ordenaron a la Contraloría que evalue, determine y cuantifique «los daños materiales, patrimoniales causados al patrimonio público, incluso los que pudieran derivarse del lucro cesante, causados por las actuaciones llevadas a cabo por la Asamblea Nacional cuyo periodo cesa el día 04 de enero de 2021 y remitir sus resultas a los órganos correspondientes, para la determinación de las responsabilidades penales, civiles y administrativas que correspondan».